martes, 28 de enero de 2014

Sentencia de la Corte Internacional de La Haya en el diferendo marítimo entre Perú y Chile

FALLO DE LA HAYA PERU CHILE

La frontera marítima entre Perú y Chile quedó definida mediante una línea paralela de 80 millas naúticas, la cual continúa con un trazo equidistante hasta las 200 millas, según el veredicto final de La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, que es inapelable y obligatorio.
El tribunal no se pronunció expresamente sobre el área conocida como el “triángulo exterior”, solicitado por el Perú, debido a que se encuentra dentro del área establecida por la corte como peruana.
La sentencia leída por el presidente de la CIJ, Peter Tomka, sobre la controversia de límites marítimos entre Perú y Chile, señala que el punto de partida de la frontera es la intersección del paralelo que parte del Hito 1 con la línea de baja marea.
“La Corte establece que la frontera sigue una línea paralela (…) hasta las ochenta millas y a partir de ahí adquiere una dirección sureste hasta un punto B, bajando (en línea recta y a la altura de las 200 millas) hasta un punto C”, afirmó al dar lectura al fallo.
La corte reconoció que en el Convenio de Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954 se afirmaba que ya había un límite marítimo entendido como un acuerdo tácito “para todo efecto”.
Allí se estableció que el punto de inicio del límite marítimo es la intersección del paralelo que pasa por el hito 1 con la línea de baja marea, y que puede ser distinto al límite terrestre, tema que no fue objeto de pronunciamiento por el tribunal.
Como se conoce el Punto Concordia fue establecido como el punto final del límite terrestre conforme al Tratado de 1929.
La CIJ también refirió que la Declaración de Santiago de 1952 se dio para proteger recursos naturales “y no para el establecimiento de límites”.
El juez eslovaco empezó la lectura a las 09:00 horas de Perú, haciendo referencia a los antecedentes históricos de la controversia y a los principales alegatos planteados en el proceso contencioso entre los dos países.
Posteriormente, se refirió a la naturaleza de los acuerdos de 1952 (Declaración de Santiago) y de 1954 (Convenio de Zona Especial Fronteriza Marítima), aludidos por Chile para asegurar que la frontera marítima con Perú ya habría sido delimitada.


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